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La jueza de la Dana abre la investigación más allá de Es-Alert: también se debió avisar a través de los medios

La instructora habla de «inactividad» del Consell por el aviso tardío e insiste en que para «alertar, no era preciso instar a la declaración de emergencia nacional»

La jueza encargada de la causa penal abierta a raíz de la Dana del pasado 29 de octubre sigue apuntando a la actuación de la Generalitat Valenciana, especialmente por el envío tardío de la alerta a la población, y en estos primeros compases de la investigación circunscribe a ello el «nexo causal» con los 224 fallecimientos y los 3 desaparecidos. Otra vez, la titular del juzgado de Instrucción 3 de Catarroja insiste en que la competencia era autonómica, en cuyo marco se produjo la «inactividad», y que la alerta enviada a los móviles, además de ser tardía y errónea, se tuvo que comunicar también por otras vías como los medios de comunicación.

Así lo expone la instructora en un nuevo auto, emitido este mismo lunes, en el que inadmite la querella presentada por la asociación HazteOir contra la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, donde subraya que es un «nexo común» entre los fallecimientos el «desconocimiento total y absoluto de la situación de riesgo», por lo que la remisión del mensaje por el sistema Es-Alert a las 20.11, limitándose a instar a evitar los desplazamientos, fue «manifiestamente tardío erróneo». «Pero no era simplemente la utilización del sistema específico Es Alert el cauce que permitía alertar a la población, sino simplemente la comunicación a los medios», añade la jueza.

En ese sentido, la titular del juzgado es contundente al considerar que «carece de asidero legal» asociar la responsabilidad de las muertes y las lesiones de aquel día a la delegada del Gobierno: «La competencia en materia de protección civil es autonómica, y la inactividad se produjo en dicho ámbito», apunta en el auto. La asociación señalaba a Bernabé como responsable por no instar al Ministerio de Interior a que declarara la emergencia de interés nacional. ¿Se le puede atribuir los presuntos homicidios y lesiones imprudentes por ello? «La respuesta ha de ser necesariamente negativa», responde lacónica.

«Para alertar, no era preciso instar la emergencia nacional»

Foto: Jorge Gil/EP

Este es uno de los pilares fundamentales del auto: la necesidad o no de instar la emergencia nacional. Pero la jueza insiste en que para alertar a la población «no era preciso instar la declaración de emergencia nacional» sino que se podía «realizar perfectamente desde el ámbito autonómico, que estaba asumiendo las competencias en materia de emergencias», y no era preciso trasladar dicha actuación ni que se adoptaran medidas de autoprotección a la administración central».

En cuanto a lo ocurrido después de la catástrofe, «cuando ya se había constatado un altísimo número de fallecidos, las poblaciones estaban devastadas», faltaban «recursos esenciales» y «las calles de algunas poblaciones acumulaban tal número de coches que las personas no podían circular por ellas», en cuanto a esos momentos, señala la jueza, «existió consenso a nivel autonómico y central en que no procedía la declaración de emergencia nacional«.

Uno de los argumentos principales, sostiene el auto, es la proximidad de la administración autonómica a la realidad del territorio. «La cercanía de la Comunidad Autónoma a los ciudadanos y al lugar donde se estaba produciendo la emergencia constituye un elemento esencial en el ámbito de la protección civil«, apunta la instructora, puesto que «permite conocer la gravedad de la emergencia y acordar lo procedente con la máxima celeridad, uno de los principios por los que se rige la protección civil». Y una de las medidas «procedentes» en esta materia es, recalca, «la comunicación a la población de medidas de autoprotección».

Este debate, el de la procedencia o no de declarar la emergencia nacional, se alargó durante semanas tras la catástrofe al considerar el presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo, que el Gobierno central debía decretarla para hacerse con el mando de la emergencia. En ese sentido, ahora la instructora considera que el «consenso» en aquellos momentos fue contrario a este criterio en aras de la proximidad y la agilidad.

Más de 169 fallecimientos, incluidos en la causa

La causa abierta por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Catarroja incluye ya más de 160 de los 224 fallecimientos registrados oficialmente, después de la aceptación de las inhibiciones cursadas por diferentes juzgados de Valencia, Picassent, Alzira o Torrent. Desde el pasado mes de diciembre, cuando empezó a practicar diligencias de investigación, la juez ha tomado declaración a, al menos, 60 testigos, familiares de los fallecidos, y realizado un número aún mayor de ofrecimientos de acciones a los perjudicados.

Foto: Kike Taberner

Muchos de esos testigos, que están en tratamiento psicológico a causa de lo ocurrido, están siendo ya examinados por el Instituto de Medicina Legal de Valencia para evaluar sus daños y secuelas psicológicas. De las declaraciones testificales practicadas hasta ahora la juez concluye indiciariamente, y así lo ha expuesto en diversos autos, que hubo una «palmaria ausencia de avisos a la población, que no pudo tomar ninguna medida para protegerse» y que la alerta emitida, a las 20.11 horas por SMS a los ciudadanos fue «notablemente tardío» y «errado en su contenido».

En las diligencias judiciales se han personado hasta el momento una decena de acusaciones particulares, en representación de familiares de los fallecidos, y tres acusaciones populares (Vox, Podemos y FTAP-CGT) tras el pago de sendas fianzas de 6.000 euros. El PSPV anunció la pasada semana que también se personará, así como también lo hará Compromís. La instructora ha solicitado la misma cuantía como caución para ejercer la acusación popular a otras dos entidades, la asociación Liberum y a Acció Cultural del País Valencià.

Pablo Plaza
Publicado en Valencia Plaza

 

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