El juez del caso Oltra rechaza abrir juicio oral: «Nadie debe ser juzgado sin que exista un solo indicio»
El magistrado Vicente Ríos deniega mandar a la exvicepresidenta y su equipo al banquillo por la menor abusada y decreta el sobreseimiento. La Audiencia de Valencia tendrá la última palabra otra vez
El juez instructor del caso de posible encubrimiento de un delito de abusos sexuales a un menor tutelada contra la exvicepresidenta de la Generalitat, Mónica Oltra, ha acordado el sobreseimiento de la causa y rechazar la apertura de juicio oral contra la dirigente de Compromís y parte de su equipo en la Conselleria de Igualdad por entender que no hay ningún indicio que justifique el procesamiento. La menor en cuestión es la víctima de una agresión sexual cometida por el exmarido de Oltra en 2916 en una residencia privada concertada con la Generalitat, según sentencia confirmada por el Tribunal Supremo.
El magistrado Vicente Ríos, titular del Juzgado de Instrucción 15 de Valencia, ha tomado su decisión después de escuchar a la Fiscalía (que tampoco aprecia delito), las defensas y las acusaciones. Ríos ya archivó el caso el año pasado, pero fue obligado a iniciar el procedimiento abreviado contra Oltra por orden de la Sección Cuarta de Audiencia Provincial de Valencia, que preside el magistrado Pedro Castellano, que atendió los recursos de la representación legal de la menor y de las acusaciones populares de Vox y la asociación Gobierna-te. Tras esa decisión, el instructor reabrió el procedimiento «por imperativo legal» como único fundamento jurídico, en lo que mostraba una clara discrepancia con la instancia judicial superior.
Tras escuchar de nuevo a las partes, el juez instructor insiste en que las acusaciones, particular y populares, «se basan en meras conjeturas o sospechas, no susceptibles de convertirse en prueba de cargo alguna». Y justifica el nuevo sobreseimiento de la causa en que «nadie debe ser juzgado sin que exista un solo indicio racional de criminalidad contra el mismo, y en conciencia, reitero que no los aprecio en la conducta de los encausados», según refleja el auto fechado este viernes 27 de junio y al que tuvo acceso El Confidencial.
«Este Magistrado Juez coincide plenamente con el criterio expuesto por el Ministerio Fiscal: los hechos no son constitutivos de infracción penal alguna; pero es que, además, no existe absolutamente ningún indicio de que cualquiera de los acusados haya llevado a cabo hechos penalmente relevantes», insiste Ríos.
Las acusaciones reclamaban contra Oltra, algunos de sus subordinados y funcionarios de Igualdad la apertura de juicio oral por los presuntos delitos de abandono de menores, prevaricación, malversación y un delito contra la integridad moral. Por contra, la Fiscalía presentó el pasado 2 de junio un escrito de calificación en el que sostenía que los hechos investigados en la causa «no son constitutivos de infracción criminal alguna».
La causa queda ahora de nuevo expensas de los recursos de las acusaciones y de la decisión de la Audiencia Provincial sobre los mismos.
Mónica Olta dimitió como vicepresidenta de la Generalitat, consellera y diputada autonómica el 21 de junio de 2022, después de que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana decidiese investigarla. Con su renuncia, Oltra perdió el aforamiento, y su causa recayó por turno en el Juzgado de Instrucción 15 de Valencia.
Víctor Romero
Publicado en El Confidencial