La revalorización de las pensiones: Un derecho en la UE, una tómbola en España
La revalorización selectiva de pensiones incluida en el proyecto de Presupuestos certifica el fracaso de una de las patas de la reforma ‘sísmica’ impuesta por el PP en 2013. De hecho, puede afirmarse que la actualización anual de las pensiones se ha convertido en una tómbola en el que todos, incluidos los aparentemente premiados, son perdedores. Porque, más allá de la ganancia puntual que puedan experimentar algunos (pensiones mínimas) en un año preelectoral, todos los pensionistas en conjunto se enfrentan a una inquietante incertidumbre por la devaluación del derecho a una revalorización de sus pensiones que garantice el mantenimiento de su poder adquisitivo; precisamente, el principal motivo de su movilización y protesta.
Ante este nuevo escenario que ha de llevarnos a la derogación formal del vigente índice de revalorización anual de las pensiones, conviene hacer dos reflexiones.
I. Todos los países de la UE tienen establecidos mecanismos de revalorización de las pensiones que garantizan, al menos, el mantenimiento del poder adquisitivo de los pensionistas. Con la única excepción de Irlanda que carece de un criterio definido, el resto de Estados miembros se agrupan en tres colectivos.
Los más prudentes en la también denominada indexación de pensiones son los que vinculan la evolución de sus cuantías a los precios: Francia, Italia, Austria, Hungría y Eslovaquia, junto a otros que refuerzan la subida anual con algún indicador adicional como el PIB o similar (Portugal, Bélgica y Grecia). Los más generosos revalorizan sus pensiones conforme al incremento de los salarios lo que, según la OCDE, permite a los pensionistas ganar poder adquisitivo; es el caso de Dinamarca, Países Bajos, Reino Unido, Malta y Lituania, al lado de otros como Suecia y Alemania en los que la referencia salarial se combina con otros criterios que modulan, a la baja, la intensidad de la subida. Entre ambos grupos se sitúan aquellos otros países en los que el criterio de revalorización de las pensiones es una combinación de los dos anteriores, precios y salarios (Finlandia, Estonia, República Checa, Estonia, República Checa, Letonia, Polonia, Eslovenia, Bulgaria, Rumania y Chipre).
II. Visto el panorama europeo, parece evidente que la fórmula de indexación que con tanto énfasis defendió el Presidente del Gobierno hace unos días en sede parlamentaria es una anomalía. Por dos razones. Una, porque desnaturaliza la revalorización de las pensiones al utilizarla como un mecanismo de ajuste presupuestario desvinculado de la evolución de los precios. Y otra, aun más grave, porque condena a los pensionistas españoles a una acelerada pérdida de poder adquisitivo y, por tanto, al empobrecimiento. Hoy sabemos por el Banco de España, FEDEA o AIREF que, durante un largo periodo de tiempo, las pensiones subirían –de mantenerse la aplicación de la fórmula– un pírrico 0,25% cada año frente a la evolución de la inflación que se ha de situar, de media, en el 2%. Gracias por tanto al índice de revalorización, los 930 euros mensuales de pensión media hoy equivaldrían solo a 754 euros dentro de apenas diez años, 34 euros menos que la actual pensión mínima de jubilación con cónyuge a cargo.
En definitiva, este atajo hacia la sostenibilidad financiera del sistema se articula a través de un drástico recorte de la cuantía de las pensiones. Pero con ello sacrifica otras dimensiones de la sostenibilidad que son igualmente imprescindibles: la social, porque genera un riesgo de insuficiencia y pobreza; la jurídica, porque una regulación así tiene difícil encaje en nuestro marco constitucional; y la política, porque el coste electoral del empobrecimiento de nueve millones de pensionistas en un contexto de crecimiento económico es insoportable para cualquier gobierno.
Borja Suarez Corujo
Artículo publicado en Economista frente a la crisis