Una Constitución sin mujeres… ni memoria
La Constitución española es hija de un puñado de padres solteros y poderosos. El rey, Fraga, Suárez, Carrillo… Solo ahora, tras algunos avances radicales del feminismo y de las asociaciones de víctimas de la dictadura, nos atrevemos a preguntarnos qué habría sido de ella en caso de tener madres. Lo que no admite mucha duda es que se trata de una hija con muy mala memoria o muy mala intención. Porque también hemos tardado mucho, tanto como 40 años, en admitir públicamente que los asesinados del franquismo siguen en las fosas y en acordarnos de los cientos de torturados durante la dictadura y de la larga lista de víctimas, como Yolanda González, Arturo Ruiz o Carlos González, que murieron a manos de la extrema derecha o por disparos presuntamente al aire de la Policía.
El engaño que encierra la Constitución española, su trampa y su retrato, se encuentran en la primera frase. Esta: Don Juan Carlos I, rey de España, a todos los que la presente vieren y entendieren, sabed: que las Cortes han aprobado y el pueblo español ratificado la siguiente Constitución.
Fue el propio presidente Adolfo Suárez quien en 1995 relató sin rubor a la periodista Victoria Prego que “la mayor parte de los jefes de Gobierno extranjeros me pedían un referéndum sobre monarquía o república”. Sin embargo, como él mismo admite, “hacía encuestas y perdíamos…”. Ese “perdíamos” se refiere a los monárquicos, o sea a quienes defendían a capa y espada respetar las últimas decisiones del dictador y poner a Juan Carlos al frente del Estado. Así que coló “la palabra rey y la palabra monarquía” en la Ley de Reforma Política de 1977. Y de ahí, a la Constitución.
De un plumazo quedaban fuera la idea de una República y la posibilidad de elegir, como pueblo soberano, desobedecer esa última disposición dictatorial, una orden que hoy permanece. De hecho, las declaraciones de Suárez, uno de los hombres fuertes del régimen franquista, no dejan en muy buen lugar la base de partida. Se votó la Constitución, sí, pero el rey ya estaba ahí, a la cabeza del texto. Y con el rey, se colaba todo un régimen que iba a quedar sin juzgar gracias a la Ley de Amnistía de 1977. En este sentido, no andan desencaminados quienes consideran la Constitución una ley de punto final.
Los olvidados de la memoria
Emilio Silva, presidente de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica (ARMH) recuerda que “fue redactada por un parlamento elegido en junio de 1977 al que no se pudieron presentar los partidos que rechazaban la monarquía, como Izquierda Republicana, ni aquellos que se negaban a dar una amnistía a los franquistas”. Considera Silva que “su discurso fue el de ocultar el período democrático anterior, el de la Segunda República, en el que vivimos nuestra transición a la democracia, al no definirlo como un proceso de recuperaciónde la democracia y llamarlo transición, como si las elecciones con sufragio universal masculino y femenino no hubieran existido antes”.
Además de todos los partidos republicanos que dejaron fuera en aquel momento de una forma que ahora consideraríamos inaceptable, no fueron pocos los sectores ciudadanos que también quedaron al margen. Cunde la idea, repetida hasta la saciedad, de que “se hizo lo que se pudo”, y sin embargo, aquellos cuyos muertos aún esperan justicia y reconocimiento bajo tierra están en su derecho a pensar que no, que no se hizo todo lo que se pudo. Y remitirse a las pruebas, 40 años después.
Chato Galante, preso del franquismo, brutalmente torturado, activista por la memoria y miembro de La Comuna, opina que “al sector de la sociedad de los represaliados, de los familiares de los asesinados y de los desaparecidos, lo que mejor los define frente a la Constitución es la decepción”. Precisamente ese sector al que Galante se refiere, su actividad, fue imprescindible “en el enorme movimiento que hubo por modificar el modelo de sociedad española desde el principio de los 70, y sobre todo desde la muerte del dictador”. A sus miembros debemos muchos de los primeros pasos en los avances hacia una idea de democracia. “Ese movimiento”, apunta Galante, “va a recoger toda una serie de reivindicaciones que desaparecen en la Constitución”.
En un ejercicio para el que no hace falta un gran esfuerzo de empatía, cualquiera podría ponerse en la piel de los represaliados y represaliadas, de las víctimas de condenas y torturas, en la piel de los descendientes y las viudas y viudos que dejaron los asesinatos, entre otros. Una vez en su lugar, desde allí mirar el resultado de aquella Constitución cuarenta años después. Si lo que sintieron en el momento de su aprobación fue, como afirma con elegancia Chato Galante, de “decepción”, ¿qué deberían sentir ahora? Sus muertos siguen en las fosas, más de 140.000. Los criminales campan a sus anchas, algunos, como Antonio González Pacheco, Billy el Niño, condecorados por el Estado. Otros, como Juan Miguel Villar Mir, situados en la cúspide de las grandes empresas beneficiadaspor la Administración pública. Son solo dos ejemplos.
“Creo que lo que nadie de todo ese sector que luchó en los 70 llegó a pensar nunca es que 40 años después seguiríamos exactamente en el mismo punto en el que nos habíamos quedado. No hay ningún tipo de justificación, ni jurídica ni política ni ética para el mantenimiento de aquellas limitaciones, y creo que eso es lo que explica un sentimiento tan general de la necesidad de una modificación a fondo, no una reforma sino una reelaboración de la Constitución sobre una nueva base democrática”. Una reforma cuya mención sigue levantando ampollas en un amplio grupo político.
Silva aún añade más: “La Constitución de 1978 no supuso ningún reconocimiento a las personas que se habían opuesto al golpe de Estado 18 de julio 1936 ni a quien había luchado contra la dictadura en los años posteriores. Es curioso porque todas las celebraciones que se están haciendo en torno a su 40 cumpleaños, como la exposición que hubo en la acera del Congreso de los Diputados durante unas semanas, no se menciona a los hombres ni las mujeres que se jugaron muchas cosas para que regresaran las urnas a España en las que entraran papeletas con ideas diferentes o iguales a las suyas”.
Escasa mención a las mujeres
En el artículo 32 de la llamada carta magna se afirma: “El hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica”. En el 57: “La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos”. Y ya está. Esas son las dos menciones a la mujer en nuestra Constitución. O sea, que se dice “mujer” para declarar que tiene derecho a casarse y para dejar claro que siempre estará por detrás de cualquier varón en la sucesión de la jefatura del Estado.
Sin embargo, una de las mayores discusiones sobre el retrato que la mujer tiene en el texto constitucional no la nombra. Se trata del Artículo 14: “Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”. La pregunta es: ¿se puede apelar a la no discriminación sin tener en cuenta que hombres y mujeres no llegan a ese punto en igualdad de condiciones?
Ya en 1978, la Plataforma de Organizaciones feministas de Madrid hizo público un documento en el que ponía el dedo en la llaga con tal tino que todavía hoy mantiene toda su vigencia: “A juzgar por el texto de la futura Constitución, sus autores prescinden de la existencia de hecho de una desigualdad en las situaciones de partida de hombres y mujeres, y, al proclamar erróneamente que todos los españoles somos iguales, soslayan la necesidad de establecer medidas concretas para poner fin a esta desigualdad. (…) Y hay que añadir que el principio de no discriminación ante la leypor razón de sexo, que postula el citado artículo 14, es quebrantado por la propia Constitución, que a lo largo de su articulado, contiene una clara discriminación explícita y otras varias implícitas”.
La presidenta del Partido Feminista, Lidia Falcón, admite que “la Constitución ha sido fundamental para que las mujeres pudiéramos ser ciudadanas de nuestro país”, pero acude de nuevo a ese artículo 14. “Su redactado permite que ahora los maltratadores digan que están discriminados”. En su opinión, “se tenía que haber dicho no discriminación por razón de ser mujer”.
No son pocas las voces que durante estas últimas décadas, en diversos documentos, han loado una supuesta “generosidad” del movimiento feminista para con el redactado final. Vendrían a decir que las feministas entendieron que la Constitución no amparaba los derechos de las mujeres, pero que, en aras a conseguir un bien mayor, la democracia, se resignaron en lugar de exigir una corrección.
Cualquiera que conozca el movimiento feminista sabe que la resignación no está entre sus características. Más bien volvieron a vivir una situación habitual, entonces y siempre, que consiste en ver cómo las reivindicaciones referidas a los derechos de las mujeres se postergan. Eso sí, nunca se dice hasta qué fecha. Y no solo eso, sino que después se justifica dicha desatención.
En mayo de este mismo 2018, Elena Valenciano y Antonio Hernando, socialistas, firmaban un texto en el que se podía leer: “Es cierto, sin embargo, que a pesar de la formulación elegida (…), el artículo 14 ha permitido desarrollar un camino hacia la liberación de las mujeres tanto en la sociedad española como en la política y en el espacio económico”.
Valga lo anterior como ejemplo de la que ha sido una de las tónicas a la hora de analizar la ausencia de la mujer, sus derechos y la realidad de su situación económica y social en la Constitución. Consiste en argumentar que, con posterioridad, siempre con posterioridad, la realidad ha ido supliendo las enormes carencias que la carta magna tiene.
¿La Constitución de las españolas?
El citado documento de la Plataforma de Organizaciones feministas de Madrid repasa esas insuficiencias. Este párrafo resume algunas, de nuevo con sorprendente y lamentable vigencia: “La mujer posee unos problemas específicos, derivados de su capacidad reproductora, que requieren la existencia de unos derechos específicos para la población femenina. Tampoco la Constitución contempla estos problemas ni recoge estos derechos. Así pues, el texto constitucional omite puntos indispensables para lograr la participación igualitaria de la mujer en el proceso social, contribuyendo con ello a mantener y perpetuar nuestra condición de ciudadanos de segunda categoría”.
Marisa Soleto, presidenta de la Fundación Mujeres, afirma que la Constitución ha supuesto “la posibilidad de materializar las reivindicaciones sobre igualdad entre mujeres y hombres”, pero admite que “la pelea está siendo demasiado larga”. En cuanto al texto, considera necesaria “una reforma que se ajuste a la realidad social, que elimine las discriminaciones directas que aún contiene y que recoja los derechos de las mujeres de forma explícita”.
Como ya dijeron aquellas feministas de 1978, “no está claro que ésta sea la Constitución de la concordia y del consenso. Tampoco está claro que sea la Constitución de todos los españoles. Pero lo que sí está claro es que no es la Constitución de las españolas”. Quizás ayudaría que en un futuro nuevo redactado, la Constitución tuviera sus madres. Y también, por qué no, que reconociera a sus verdaderos abuelas y abuelos, aquellos que sacrificaron su libertad y su propia vida por la libertad.
Cristina Fallarás
Artículo publicado en Público