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La Comissió Ciutat-Port pide en el juzgado que Puertos del Estado se pronuncie sobre la DIA de la ampliación del Puerto de València

La plataforma vecinal y ecologista solicita la ejecución de la sentencia del TSJ de Madrid que devuelve al organismo la condición de órgano sustantivo y por tanto responsable de solicitar una nueva declaración de impacto de ambiental tal y como recomendó el Ministerio de Transición Ecológica en abril de 2021

La asociación ciudadana Per l’Horta, en representación de la Comissió Ciuta-Port, plataforma vecinal y ecologista opositora a la ampliación del Puerto de València, presentó el pasado 28 de junio una demanda ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid por medio de la cual solicita la ejecución de la sentencia por la que Puertos del Estado recuperó la condición de órgano sustantivo del proyecto.

Por este motivo, en la demanda de ejecución de sentencia, a la que ha tenido acceso elDiario.es, solicita al ministerio que notifique a Puertos del Estado “recordándole las obligaciones derivadas de su confirmada condición de órgano sustantivo a efectos ambientales en relación con dicho proyecto, según establecía la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de 2007”. Y al mismo tiempo, que haga lo propio con la APV, “requiriendo la observancia de las obligaciones que, a ese organismo, en tanto que promotor del Proyecto, le asignaba la expresada DIA de 2007, haciéndole saber que no le corresponde en absoluto, bajo reproche de incompetencia, el papel de órgano sustantivo que mediante la Resolución anulada se le pretendía imponer”.

En este sentido, es importante recordar que días después de derivarar la condición de órgano sustantivo de Puertos del Estado a la APV, el propio ministerio remitió una carta al presidente de la Autoridad Portuaria de València en la que le trasladaba que existen “apreciables diferencias entre el proyecto que se pretende llevar adelante mediante la adjudicación de una concesión a la empresa TIL, filial de MSC, con respecto al que obtuvo la DIA favorable en 2007”. En segundo lugar, le recordaba que la ley 21/2013 de Evaluación Ambiental establece que las modificaciones de proyectos ya autorizados deberán someterse a evaluación ambiental simplificada cuando puedan tener efectos adversos para el medio ambiente. Por este motivo, el Ministerio reclamaba un informe detallado que justifique si finalmente el Puerto de València tramitará o no un nueva declaración de impacto ambiental simplificada.

Un informe que este caso, tras la sentencia del TSJ de Madrid, debería hacer Puertos del Estado y que hasta hora no ha realizado ya que antes de que se derivara su condición de órgano sustantivo en favor de la APV certificó que la DIA no está caducada, pero no su validez para el nuevo proyecto tras los cambios implementados. De hecho, hasta seis informes cuestionan la validez de la DIA de 2007 para el proyecto modificado, cuyas obras ya se han adjudicado, lo que podría incurrir en indemnizaciones en caso de que la justicia finalmente paralice la ampliación, pues además de este procedimiento hay otras dos causas judiciales en tramitación relativas a la DIA.

Carlos Navarro Castelló
Publicado en ElDiario.es

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